It was the essence of the problem: The terrorists hunted by the police would not surrender because they had no guarantees for their own safety or the safety of their families. And the state had no evidence that would convict them if they were captured. The idea was to find a judicial formula by which they would confess their crimes in exchange for the state’s guarantee of protection for them and their families. Rafael Pardo had worked on the problem for the previous government, and when Gaviria asked the question, he still had his notes among all the other papers in his briefcase. They were, in effect, the beginning of a solution: Whoever surrendered would have his sentence reduced if he confessed to a crime that would allow the government to prosecute him, and a further sentence reduction if he turned goods and money over to the state. That was all, but the president could envision the entire plan because it was consonant with his own idea of a strategy focused not on war or peace but on law, one that would be responsive to the terrorists’ arguments but not renounce the compelling threat of extradition.
President Gaviria proposed it to Jaime Giraldo Angel, his justice minister, who understood the concept immediately; he too had been thinking for some time about ways to move the problem of drug trafficking into a judicial framework. And both men favored the extradition of Colombian nationals as a means of forcing surrender.
Giraldo Angel, with his air of a distracted savant, his verbal precision, and his genius for organization, completed the formula, adding some of his own ideas combined with others already established in the penal code. Between Saturday and Sunday he composed a first draft on a laptop computer, and first thing Monday morning showed the president a copy that still had his handwritten deletions and corrections. The tide, written in ink across the top of the first page, was a seed of historic importance: “Capitulation to the Law.”
Gaviria is meticulous about his projects and would not present them to his Council of Ministers until he was certain they would be approved. He therefore reviewed the draft in detail with Giraldo Angel and with Rafael Pardo, who is not a lawyer but whose sparing comments tend to be accurate. Then he sent a revised version to the Council on Security, where Giraldo Angel found support from General Oscar Botero, the defense minister, and the head of Criminal Investigation, Carlos Eduardo Mejía Escobar, a young, effective jurist who would be responsible for implementing the decree in the real world. General
Maza Márquez did not oppose the plan, though he believed that in the struggle against the Medellín cartel, any formula other than war would be useless. “This country won’t be put right,” he would say, “as long as Escobar is alive.” For he was certain Escobar would only surrender in order to continue trafficking from prison under the government’s protection.
The project was presented to the Council of Ministers with the specification that the plan did not propose negotiations with terrorism in order to conjure away a human tragedy for which the consuming nations bore primary responsibility. On the contrary: The aim was to make extradition a more useful judicial weapon in the fight against narcotraffic by making non-extradition the grand prize in a package of incentives and guarantees for those who surrendered to the law.
One of the crucial discussions concerned the time limits for the crimes that judges would have to consider. This meant that no crime committed after the issuing date of the decree would be protected. The secretary general of the presidency, Fabio Villegas, who was the most lucid opponent of time limits, based his position on a cogent argument: When the period of pardonable offenses ended, the government would have no policy. The majority, however, agreed with the president that for the moment they should not extend the time limits because of the certain risk that this would become a license for lawbreakers to continue breaking the law until they decided to turn themselves in.
To protect the government from any suspicion of illegal or unethical negotiations, Gaviria and Giraldo Angel agreed not to meet with any direct emissary from the Extraditables while the trials were in progress, and not to negotiate any question of law with them or with anyone else. In other words, they would not discuss principles but only procedural matters. The national head of Criminal Investigation, not dependent on or appointed by the chief executive, would be the official in charge of communicating with the Extraditables or their legal representatives. All exchanges would be written and, therefore, on record.
The proposed decree was discussed with an intensity and secrecy that are in no way usual in Colombia, and was approved on September 5, 1990. This was Decree 2047 under Martial Law: Those who surrendered and confessed to their crimes could receive the right not to be extradited; those who confessed and also cooperated with the authorities would have their sentences reduced, up to a third for surrender and confession, up to a sixth for providing information—in short, up to half of the sentence imposed for one or all the crimes for which extradition had been requested. It was law in its simplest, purest form: the gallows and the club. The same Council of Ministers that signed the decree rejected three extradition requests and approved three others, a kind of public announcement that the new government would view non-extradition only as a privilege granted under the decree.
In reality, rather than an isolated decree, this was part of a well-defined presidential policy for fighting terrorism in general, not only narcoterrorism but common criminal acts as well. General Maza Márquez did not express to the Council on Security what he really thought of the decree, but some years later, in his campaign for the presidency, he censured it without mercy as “a fallacy of the times.” “With it the majesty of the law is demeaned,” he wrote, “and traditional respect for the penal code is undermined.”
The road was long and complex. The Extraditables—which everyone knew was a trade name for Pablo Escobar—rejected the decree out-of-hand while leaving doors open so they could continue to fight for much more. Their principal argument was that it did not state in an incontrovertible way that they would not be extradited. They also wanted to be considered as political offenders and therefore receive the same treatment as the M-19 guerrillas, who had been pardoned and recognized as a political party. One of the M-19’s members was the minister of health, and all of them were participating in the campaign for the Constituent Assembly. Another concern of the Extraditables was the question of a secure prison where they would be safe from their enemies, and guarantees of protection for their families and followers.
It was said that the government had issued the decree as a concession to the traffickers under the pressure of the abductions. In fact, it had been in the planning stage before Diana’s kidnapping, and had already been issued when the Extraditables tightened the vise with the almost simultaneous abductions of Francisco Santos and Marina Montoya.
Later, when eight hostages were not enough to get them what they wanted, they took Maruja Pachón and Beatriz Villamizar. That was the magic number: nine journalists. Plus one—already condemned to death—who was the sister of a politician hunted by Escobar’s private police force. In this sense, before the decree could prove its efficacy, President Gaviria began to be the victim of his own creation.
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Era la esencia del problema: los terroristas acosados por la policía no se decidían a entregarse porque no tenían garantías para su seguridad personal ni la de sus familias, y el Estado, por su parte, no tenía pruebas para condenarlos si los capturaban. La idea era encontrar una fórmula jurídica para que se decidieran a confesar sus delitos a cambio de que el Estado les diera la seguridad para ellos y sus familias. Rafael Pardo había pensado el problema para el gobierno anterior, y todavía llevaba unas notas traspapeladas en el maletín cuando Gaviria le hizo la pregunta. Eran, en efecto, un principio de solución: quien se entregara a la justicia tendría una rebaja de la pena si confesaba un delito que permitiera procesarlo, y otra rebaja suplementaria por la entrega de bienes y dineros al Estado. Eso era todo, pero el presidente la vislumbró completa, pues coincidía con su idea de una estrategia que no fuera de guerra ni de paz sino de justicia, y que le quitara argumentos al terrorismo sin renunciar a la amenaza indispensable de la extradición.
El presidente Gaviria se la propuso a su ministro de justicia, Jaime Giraldo Ángel. Este captó la idea de inmediato, pues también él venía pensando desde hacía tiempo en una manera de judicializar el problema del narcotráfico. Además, ambos eran partidarios de la extradición de nacionales como un instrumento para forzar la rendición.
Giraldo Ángel, con su aire de sabio distraído, su precisión verbal y su habilidad de ordenó grafo prematuro, acabó de redondear la fórmula con ideas propias y otras ya establecidas en el Código Penal. Entre sábado y domingo redactó un primer borrador en su computadora portátil de reportero, y el lunes a primera hora se lo mostró al presidente todavía con tachaduras y enmiendas a -mano. El título escrito a tinta en el encabezado era un embrión histórico: Sometimiento a la justicia.
Gaviria es muy meticuloso con sus proyectos, y no los llevaba a los Consejos de Ministros hasta no estar seguro de que serían aprobados. De modo que examinó a fondo el borrador con Giraldo Ángel y con Rafael Pardo, que no es abogado, pero cuyas pocas palabras suelen ser certeras. Luego mandó la versión más avanzada al Consejo de Seguridad, donde Giraldo Ángel encontró los apoyos del general Oscar Botero, ministro de la Defensa, y el director de Instrucción Criminal, Carlos Mejía Escobar, un jurista joven y efectivo que sería el encargado de manejar el decreto en la vida real. El general Maza Márquez no se opuso al proyecto, aunque consideraba que en la lucha contra el cartel de Medellín era inútil cualquier fórmula distinta de la guerra. «Este país no se arregla -solía decir- mientras Escobar no esté muerto. » Pues estaba convencido de que Escobar sólo se entregaría para seguir traficando desde la cárcel bajo la protección del gobierno.
El proyecto se presentó en el Consejo de Ministros con la precisión de que no se trataba de plantear una negociación con el terrorismo para conjurar una desgracia de la humanidad cuyos primeros responsables eran los países consumidores. Al contrario: se trataba de darle una mayor utilidad jurídica a la extradición en la lucha contra el narcotráfico, al incluir la no extradición como premio mayor en un paquete de incentivos y garantías para quienes se entregaran a la justicia.
Una de las discusiones cruciales fue la de la fecha límite para los delitos que los jueces deberían tomar en consideración. Esto quería decir que no sería amparado ningún delito cometido después de la fecha del decreto. El secretario general de la presidencia, Fabio Villegas, que fue el opositor más lúcido de la fecha límite, se fundaba en un argumento fuerte: al cumplirse el plazo para los delitos perdonables el gobierno se quedaría sin política. Sin embargo, la mayoría acordó con el presidente que por el momento no debían ir más lejos con el plazo fijo, por el riesgo cierto de que se convirtiera en una patente de corso para que los delincuentes siguieran delinquiendo hasta que decidieran entregarse.
Para preservar al gobierno de cualquier sospecha de negociación ilegal o indigna, Gaviria y Giraldo se pusieron de acuerdo en no recibir a ningún emisario directo de los Extraditables durante los procesos, ni negociar con ellos ni con nadie ningún caso de ley. Es decir, no discutir nada de principios, sino sólo asuntos operativos. El director nacional de Instrucción Criminal -que no depende del poder ejecutivo ni es nombrado por él- sería el encargado oficial de cualquier contacto con los Extraditables o sus representantes legales. Todos sus intercambios serían por escrito, y así quedarían consignados.
El proyecto del decreto se discutió con una diligencia febril y un sigilo nada común en Colombia, y se aprobó el 5 de setiembre de 1990. Ése fue el decreto de Estado de Sitio 2047: quienes se entregaran y confesaran delitos podían obtener como beneficio principal la no extradición; quienes además de la confesión colaboraran con la justicia, tendrían una rebaja de la pena hasta una tercera parte por la entrega y la confesión, y hasta una sexta parte por colaboración con la justicia con la delación. En total: hasta la mitad de la pena impuesta por uno o todos los delitos por los cuales fuera solicitada la extradición. Era la justicia en su expresión más simple y pura: la horca y el garrote. El mismo Consejo de Ministros que firmó el decreto rechazó tres extradiciones y aprobó tres, como una notificación pública de que el nuevo gobierno sólo renunciaba a la extradición como un beneficio principal del decreto.
En realidad, más que un decreto suelto, era una política presidencial bien definida para la lucha contra el terrorismo en general, y no sólo contra el de los traficantes de droga, sino también contra otros casos de delincuencia común. El general Maza Márquez no expresó en los Consejos de Seguridad lo que en realidad pensaba del decreto, pero años más tarde –en su campaña electoral para la presidencia de la república- lo fustigó sin misericordia como «una falacia de este tiempo». «Con él se maltrata la majestad de la justicia –escribió entonces y se echa por la borda la respetabilidad histórica del derecho penal. »
El camino fue largo y complejo. Los Extraditables -ya conocidos en el mundo como una razón social de Pablo Escobar- repudiaron el decreto de inmediato, aunque dejaron puertas entreabiertas para seguir peleando por mucho más. La razón principal era que no decía de una manera incontrovertible que no serían extraditados. Pretendían también que los consideraran delincuentes políticos, y les dieran en consecuencia el mismo tratamiento que a los guerrilleros del M-19, que habían sido indultados y reconocidos como partido político.
Uno de sus miembros era ministro de Salud, y todos participaban en la campaña de la Asamblea Nacional Constituyente. Otra de las preocupaciones de los Extraditables era una cárcel segura donde estar a salvo de sus enemigos, y garantías para la vida de sus familias y sus secuaces.
Se dijo que el gobierno había hecho el decreto como una concesión a los traficantes por la presión de los secuestros. En realidad, el proyecto estaba en proceso desde antes del secuestro de Diana, y ya había sido proclamado cuando los Extraditables dieron otra vuelta de tuerca con los secuestros casi simultáneos de Francisco Santos y Marina Montoya. Más tarde, cuando ocho rehenes no les alcanzaron para lograr lo que querían, secuestraron a Maruja Pachón y a Beatriz Villamizar. Ahí tenían el número mágico: nueve periodistas. Y además –condenada de antemano- la hermana de un político fugitivo de la justicia privada de Escobar. En cierto modo, antes de que el decreto demostrara su eficacia, el presidente Gaviria empezaba a ser víctima de su propio invento.